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© Federación Autismo Galicia | 22/05/2020 | NO ES OBLIGATORIO EL USO DE MASCARILLAS PARA PERSNAS CON tRASTORNO DEL ESPACTRO DEL AUTISMO

NO ES OBLIGATORIO EL USO DE MASCARILLAS PARA PERSONAS CON TRASTORNO DEL ESPECTRO DEL AUTISMO

La orden recoge la excepción para aquellas “personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización”.

22/05/2020

La Federación Autismo Galicia se suma a Autismo España en el apoyo a la excepcionalidad recogida por el Gobierno en la nueva normativa del estado de alarma, como prevención de las posibles consecuencias que podría llegar a tener el uso de mascarillas para las personas con TEA.

Desde el día de ayer entra en vigencia el uos obligatorioa de mascarilas en espacios públicos, al aire libre o cerrados, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, como lo expone el artículo 3 de la Orden Ministerial que se publica hoy en el Boletín Oficial del Estado.

Autismo España, junto al resto de organizaciones de la discapacidad, hemos trabajado con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) para conseguir que las personas con algún tipo de discapacidad que presenten alteraciones de conducta y que hagan inviable su utilización, no tuvieran que usar mascarillas de forma obligatoria.

Debemos incidir en que esta excepcionalidad tiene que ver con las propias características de las personas con TEA: las dificultades en la comunicación ( dificultades en la comprensión de la situación, expresión de sus respuestas y necesidades) y por su rigidez de pensamiento y conducta (dificultades para adaptarse a cambios de rutinas). Además no debemos olvidar, las dificultades de procesamiento sensorial, como puede ser la tolerancia sensorial a  las gomas y a los materiales.

De todas formas desde el colectivo de las personas con TEA, Autismo España y Autismo Galicia instamos a que siempre que sea posible, se haga uso de este elemento de protección de salud personal y pública.

 

Recomendaciones para acreditar la excepcionalidad  

Aunque en la propia norma no se establece nada al respecto, desde la Confederación Autismo España, y Federación Autismo Galicia recomendamos que la persona lleve consigo para acreditar la excepcionalidad de esta obligación:  

  • Certificado oficial de reconocimiento de discapacidad. En el caso de tener reconocida la discapacidad. 
  • Prescripción de un/a profesional sanitario o social. En el caso de disponer de ello. 
  • Copia de la Orden Ministerial de 19 de mayo de 2020del Ministerio de Sanidad, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. (orden ministerial adjunta). Apelar al artículo 2.2 b) donde se especifica la excepcionalidad en el uso de mascarillas para “personas con discapacidad” o dependientes “que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización”. 
  •  Informes médicos, psicológicos o sociales complementarios en los que se describan las necesidades individuales y/o la existencia de dificultades conductuales. En el caso de disponer de ellos.

 

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